Mostrando entradas con la etiqueta rehabilitación. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta rehabilitación. Mostrar todas las entradas

miércoles, 14 de marzo de 2012

Sistema SATE: Sistema de aislamiento térmico de edificios



Hoy, vamos a seguir hablando de la rehabilitación energética, y os vamos a hablar sobre el Sistema de aislamiento térmico de edificios (SATE).Con este sistema, montado en el exterior de la fachada y que la envuelve como una capa aislante, se ahorrará entre un 25% y un 60% de energía, que visto lo visto, está muy bien.

Nació como un recurso de rehabilitación de fachadas aportando ahorro energético y actualmente se aplica también en obra nueva.
Tiene su origen en Centroeuropa en torno a 1950 para protegerse del frío y como ahorro energético en arquitectura. Actualmente se emplea en todo el mundo, también en zonas secas como Dubai para protección ante el calor.

Vamos a ver las ventajas más importantes:

Ahorro energético

En invierno el sistema SATE impide que el calor se escape hacia el exterior y en verano evita el calentamiento de las paredes y de las estancias interiores. De esta forma se ahorran gastos de calefacción durante la época fría y aire acondicionado en los meses de verano.

Reduce emisiones de CO2


Como, cada vez somos más conscientes de la importancia de la protección del medio ambiente, debemos de saber, que con el Sistema SATE no solamente se ahorran gastos, sino que se contribuye de forma activa a la protección del medio ambiente, ya que el bajo consumo de combustible reduce también las emisiones de dióxido de carbono hasta un 50%.

Protección duradera

El sistema SATE actúa como una capa protectora para la casa. Protege las paredes de las inclemencias climatológicas y al mismo tiempo previene eficazmente la formación de moho en las habitaciones.
Otra ventaja es que los componentes perfectamente compatibles y compensan las tensiones debidas a la temperatura previniendo así la formación de grietas en las paredes.

Más metros



En construcción nueva, realizada con un sistema SATE , se puede llegar a conseguir espacio adicional hasta 4 metros cuadrados de media en una superficie de 200 metros cuadrados. La razón para esta ganancia de espacio es que un doble muro ocupa mucho más espacio que un muro sencillo.

miércoles, 18 de enero de 2012

Subvenciones 2012


En la primera entrada del 2012 (ya iba siendo hora..) quería poneros al día en unas subvenciones que muy interesantes en estos momentos y que os pueden animar a dar ese paso hacia la rehabilitación de vuestras viviendas.

Ayudas para la conservación de inmuebles

La primera a la que me quiero referir es una subvención en la que el Ayuntamiento de A Coruña, a través del área de Rehabilitación, desde el 2 de enero y hasta el próximo 29 de febrero, abre el plazo para la solicitud de ayudas para la conservación de inmuebles, que incluyen la instalación de ascensores en edificios y el soterrramiento del cableado exterior.

Por una parte, se abre el plazo para solicitar subvenciones para la rehabilitación de inmuebles situados fuera de áreas y locales en áreas de rehabilitación declaradas, así como para soterramiento de cableado y accesibilidad, para lo que se reserva una partida de 450.000 euros.

En las obras destinadas a la conservación de elementos comunes de los edificios (encaminada hacia las Comunidades de Vecinos) se otorgará hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda en el caso de los inmuebles con catalogación superior a la ambiental, estableciéndose en 1.500 euros el máximo para otro tipo de actuaciones como soterramiento de cableado.

En las obras para habitabilidad de viviendas (a nivel individual de cada vivienda)el máximo será de 4.800 euros por vivienda en el caso de que los ingresos anuales no excedan dos veces el IPREM y se fija un máximo de 6.500 euros para las obras de adecuación de locales.
En cuanto a las obras de instalación o adaptación de ascensores, la principal novedad es que se se incrementan las subvenciones hasta el 50% del presupuesto protegido y con un máximo de 5.000 euros por vecino.

Por otra parte, se abre el plazo también para la solicitud de subvenciones a la rehabilitación de inmuebles situados en el casco histórico a través de una partida de 550.935 euros.
En este caso, las ayudas para las obras realizadas en elementos comunes varían entre el 45 y el 75% del presupuesto protegido, según el tipo de protección y catalogación y entre el 45 y 80% en función del IPREM para las actuaciones de habitabilidad de las viviendas.

Para más información, acercarse por la Oficina de Rehabilitación, situada en Los Cantones Village(A Coruña).

Plan Renove Ventanas 2011

Esta otra ayuda Autonómica también es muy interesante ya que está orientada a la rehabilitación de los huecos acristalados de la fachada, tanto en lo referente al acristalamiento como a los marcos o perfiles, con el fin de conseguir mejoras significativas en la demanda energética del edificio.


La cuantía de la ayuda ascenderá a un máximo de 100€/m2 del hueco, con unos límites de 3.000€ por vivienda unifamiliar/piso y 50.000€ en edificios del sector terciario. Para el caso de comunidades de propietarios o edificios de viviendas a ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda unifamiliar/piso con un máximo de 50.000€ por edificio.

En cualquier caso, la cantidad de la subvención no podrá ser superior al 25% del coste total de la obra.

Los benficiarios de esta ayuda son las personas físicas y jurídicas de derecho público o privado, propietarios o titulares de cualquier derecho sobre inmuebles del sector residencial y terciario, comunidades o mancomunidades de vecinos, siempre que la actuación subvencionable se realice en viviendas o edificios del sector terciario situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Procedimiento para acceder a las ayudas:

1. El comprador se dirigirá a una entidad adherida al Plan Renove de Ventanas 2011 y compra las ventanas que cumplan los requisitos.

2. La entidad colaboradora hace una solicitud de reserva de fondos mediante la aplicación web habilitada al efecto. El comprador la firma para dar su conformidad.

3. La entidad colaboradora tiene 180 días naturales, y nunca más allá del 30 de septiembre, desde el día siguiente a la fecha de reserva de fondos para:

• Instalar las ventanas.
• Cobrar el importe de la factura con el descuento de la ayuda establecida.
• Remitir la documentación al Inega para el cobro de la subvención.

Plazo para hacer la reserva de fondos: desde el 11 de enero hasta el 29 de marzo de 2012 o hasta que se agote el crédito.

Para más información sobre esta ayuda:
www.inega.es
Tlfno.: 981 541 500

miércoles, 16 de noviembre de 2011

Congreso "Rehabilitación eficiente de Edificios"


Los días 21 y 22 de Noviembre, la Xunta de Galicia con la colaboración del Instituto Energético de Galicia (INEGA) y Energylab(Centro Tecnológico de Eficiencia y Sostenibilidad Energética) organizan el Congreso: "Rehabilitación Eficiente en Edificios" que tendrá lugar en el Auditorio la Escuela Galega de Aministración Pública (EGAP) en Santiago de Compostela.

Las Jornadas estarán divididas en tres grandes bloques en los que se tratarán temas como:

Bloque 1- Políticas de rehabilitación.

Políticas nacionales y autonómicas para la promoción de actuaciones de rehabilitación energética de edificios.

Bloque 2 - Rehabilitación energética a escala urbana.

La rehabilitación de barrios y ámbitos urbanos de mayor escala como entidades superiores al edificio y diferentes estrategias de eficiencia energética y sustentabilidad.

Bloque 3 - Herramientas y metodologías de diseño,certificación y verificación.

Evaluación de diferentes herramientas y estándares para medir y certificar la
sustentabilidad y eficiencia de una rehabilitación.

Bloque 4 - Rehabilitación eficiente: envolvente térmica

Estrategias para la mellora de las distintas estructuras y parámentos que constituyen la envolvente térmica de una edificación y que son determinantes para conseguir una reducción de la demanda energética final del edificio.

Bloque 5 - Rehabilitación eficiente: Sistemas activos

Descripción de las alternativas existentes en sistemas y equipamientos para satisfacer la demanda térmica y eléctrica de una edificación. Estrategias de uso y control para conseguir mejores resultados.

Bloque 6 - La rehabilitación como modelo de negocio futuro.

Presentación de estudios comparativos-económicos de rehabilitación y de
modelos de financiación válidos para la realización de actuaciones de
rehabilitación energética en la edificación.

Os dejo el enlace para obtener más información y la incripción en el Congreso:

http://www.inega.es/novas

lunes, 2 de mayo de 2011

AMPLIADAS LAS DEDUCCIONES EN EL IRPF POR REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS


El pasado mes de abril el Gobierno ha acordado la modificación del Real Decreto Ley de medidas para impulsar la recuperación económica. En concreto para ampliar los incentivos para la deducción por rehabilitación de vivienda con la finalidad de hacerlo más operativo, reforzar el carácter incentivador de la actividad y favorecer la creación de empleo.

Entre las principales modificaciones que serán introducidas, cabe destacar:

- El objeto de la deducción ya no estará limitado a las obras que se realicen en la vivienda habitual, extendiéndose a las que se lleven a cabo en cualquier otra vivienda (incluidas las que se pongan en alquiler), siempre que no estén afectas a actividades económicas por parte del contribuyente.

- Se elevan el tipo de la deducción del 10% original al 20% y el límite máximo de renta que impide beneficiarse de este incentivo, de modo que los contribuyentes con una base imponible igual o inferior a 53.007,20 euros podrán beneficiarse en su totalidad de la deducción, que se irá rebajando progresivamente hasta 0 € para los contribuyentes con una base imponible superior a 71.007,20 euros.

Asimismo, la reforma eleva los límites máximos de base de deducción anual de 4.000 a 6.750 euros y deducción plurianual, que pasa de 12.000 a 20.000 euros.

Finalmente, cabe señalar que la deducción continúa teniendo carácter temporal, pudiendo aplicarse únicamente a las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012, destinadas a la mejora de la habitabilidad de la vivienda (eficiencia energética y del uso del agua, accesibilidad e instalación de infraestructuras para el acceso a Internet o a la TDT), y que se exigirá la factura detallada con todos los requisitos legales, incluyéndose el desglose del IVA.

Al aumento de las deducciones por IRPF se suma un segundo incentivo para las obras de rehabilitación y mantenimiento de viviendas, la aplicación en IVA del tipo reducido del 8%.





Como se puede apreciar en el grafico adjunto, para obras de cierto importe al contribuyente le salía más económico defraudar a Hacienda que aprovechar una deducción por IRPF para la que, como es lógico, el Fisco exige factura desglosada con el impuesto aplicable. Ahora, al mejorar el incentivo en Renta, serán más las obras en las que el contribuyente tenga un premio económico, además de ético, por no hacer trampas.

martes, 23 de noviembre de 2010

Se acaba el tiempo para reducir la factura con Hacienda


El momento definitivo para saldar cuentas con Hacienda, llegará el próximo mes de Mayo, pero en ese momento la suerte ya estará echada ya que es ahora cuando queda poco más de un mes para el cierre del ejercicio fiscal, el momento perfecto para intentar reducir nuestra factura con Hacienda.

Así entre todas las deducciones que existen vamos a profundizar en la que nos afecta más de lleno: La deducción por obras de mejora en la vivienda habitual

Empezamos:

Esta deducción resultará aplicable respecto de las cantidades satisfechas desde el 14de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012 por obras realizadas en dicho período en la vivienda habitual o en el edificio en que se encuentre dicha vivienda. Para esto es muy importante conservar las facturas recibidas por las obras correspondientes.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

Los contribuyentes con una base imponible menor a 53.007,20 € anuales.

¿Qué obras permiten beneficiarse de la deducción?

Las realizadas en la vivienda habitual, o en el edificio en el que se encuentra, desde el 14 de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012, y que tengan por objeto:

-Mejorar la eficiencia energética, la higiene, salud y protección del medio ambiente en los edificios y viviendas, y la utilización de energías renovables, tales como:

o Instalar paneles solares

o Mejorar la envolvente térmica del edificio (por ejemplo, mejoras en el aislamiento de ventanas, paredes o cubiertas)

o Mejorar sistemas de instalaciones térmicas

o Mejorar las instalaciones de suministro e instalar mecanismos que favorezcan el ahorro de agua

- La seguridad y la estanqueidad de los edificios, y en particular la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros,

- O favorecer la accesibilidad al edificio o las viviendas, tales como:o
instalar ascensores o adaptarlos a las necesidades de personas con discapacidad

o Instalar o mejorar las rampas de acceso a los edificios

o Instalar elementos de información que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores

o Obras de adaptación de las viviendas a las necesidades de personas con discapacidad o mayores de 65 años.

No serán deducibles cambiar los muebles de la cocina, hacer o vestir armarios, cambiar azulejos, instalar aire acondicionado, poner puertas interiores nuevas o pintar, si no son trabajos asociados a las obras anteriormente indicadas. Tampoco serán deducibles las obras que se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas, instalaciones deportivas y otros elementos análogos.

¿Cual es el importe de la deducción?

El 10% de la base de la deducción, es decir, de las cantidades satifechas,
siempre que no sea en metálico.

La base de deducción tiene los siguientes límites:

Por declaración:

- 4.000 € anuales, para los contribuyentes con base imponible igual o inferior a 33.007,20 € anuales.
- Para contribuyentes con base imponible comprendida entre 33.007,20 € y 53.007,20 € anuales, la base de la deducción será el resultado de minorar a 4.000 € el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre la base imponible y 33.007,20 € anuales.
Las cantidades satisfechas en el ejercicio no deducidas por exceder de la base máxima anual de deducción indicada podrán deducirse, con el mismo límite, en los cuatro ejercicios siguientes.

Por vivienda:

La base acumulada de deducción correspondiente a todos los periodos impositivos en que proceda practicar la misma, no podrá exceder de 12.000 € por vivienda habitual.
Cuando concurran varios propietarios con derecho a practicar la deducción respecto de una misma vivienda, el citado límite de 12.000 € se distribuirá entre los copropietarios en función de su respectivo porcentaje de propiedad en el inmueble.
La nueva deducción es incompatible, para las mismas cantidades, con la deducción por inversión en vivienda habitual a que se refiere el artículo 68.1 de esta Ley del IRPF.


Para más información puede acceder a la página web www.agenciatributaria.es